De un vistazo (120 palabras): Puedes pagar una “fianza en efectivo” de inmigración a ICE ERO en línea mediante el portal CeBONDS o en persona en una oficina que acepte fianzas. Quien paga es el obligor. En la mayoría de los casos, el obligor debe ser ciudadana(o) estadounidense o residente permanente mayor de 18 años. Algunos despachos y organizaciones sin fines de lucro pueden pagar por CeBONDS. Las transferencias por Fedwire se confirman más rápido, ACH puede tardar. En persona suelen pedir cheque de caja o money order por el monto completo. Tras el pago, el obligor recibe el Formulario I-305 (recibo) y la liberación ocurre cuando ICE procesa el pago. El reembolso llega después, cuando ICE emite el Formulario I-391 (cancelación de fianza). Para cobrarlo, el obligor envía el I-391 y el I-305 original al Centro de Gestión de Deuda de DHS.
Puntos clave:
- Dos vías: pago en línea por CeBONDS o en persona en una oficina de ERO que acepte fianzas.
- La elegibilidad del obligor importa. Lleva identificación y prueba de estatus, nombres deben coincidir.
- Fedwire acelera la confirmación electrónica. ACH puede demorar la liberación.
- Conserva todos los documentos. Necesitarás I-305 e I-391 para el reembolso.
- Confirma horarios de fianzas. Muchas oficinas procesan entre 9 a.m. y 3 p.m. hora local.
Quién puede pagar la fianza (elegibilidad del obligor)
- Ciudadana(o) estadounidense o residente permanente, 18+ años.
- En CeBONDS, ciertos despachos y organizaciones calificadas pueden pagar.
- Usa el mismo nombre legal en identificación, cuenta bancaria y perfil de CeBONDS.
- Ten a la mano nombre completo de la persona detenida, número A, ubicación y monto de la fianza.
Cómo pagar en línea con CeBONDS
- Crea cuenta en CeBONDS y completa la verificación del obligor.
- Ingresa el número A y datos del caso, confirma elegibilidad.
- Paga el monto total por Fedwire (más rápido) o ACH.
- Sube el comprobante bancario a CeBONDS y espera confirmación de ICE.
- Guarda el recibo electrónico. Pregunta por la hora de liberación y entrega.
Cómo pagar en persona en ERO
- Ubica la oficina local de ICE ERO y confirma horarios de fianzas.
- Lleva identificación oficial, prueba de estatus e información de la persona detenida.
- Prepara un cheque de caja o money order por el total, a nombre de U.S. Department of Homeland Security.
- Pide y conserva el Formulario I-305 (recibo).
Después del pago: liberación y siguientes pasos
- La liberación suele ocurrir el mismo día cuando se confirman fondos y ERO procesa el pago.
- La persona liberada debe cumplir con reportes de ERO y requisitos de corte.
- El obligor guarda el I-305 en lugar seguro. Lo necesitará para el reembolso.
Reembolsos: cómo y cuándo te devuelven el dinero
- Al concluir el caso o al cancelar la fianza, ICE envía el Formulario I-391 al domicilio del obligor.
- Envía por correo el I-391 y el I-305 original al Centro de Gestión de Deuda de DHS (dirección en el I-391).
- El reembolso llega por cheque del Tesoro a nombre del obligor. Los plazos varían, pueden ser semanas o meses.
- Si perdiste el I-305, usa la declaración jurada “en lugar de recibo perdido” según instrucciones.
Problemas comunes y cómo evitarlos
- Obligor no elegible: Usa ciudadana(o) o residente, o un despacho/ONG aprobado en CeBONDS.
- Incongruencias de pago: El nombre del pago debe coincidir con la identidad verificada del obligor.
- Payee o instrumento incorrectos: En persona, usa cheque de caja o money order al beneficiario correcto.
- Fuera de horario: Llega temprano. Muchas ventanillas cierran a media tarde.
- Retrasos en reembolso: Mantén tu dirección actualizada con ERO y conserva el I-305. Envía I-391 e I-305 de inmediato.
Enlaces útiles
- Pagar fianza por CeBONDS: cebonds.ice.gov
- Oficinas ERO y fianzas: ice.gov/es/ero
- Atención legal local y estrategia: monrreallaw.com/es/
Este contenido es informativo, no asesoría legal. Los procedimientos y horarios varían por oficina. Confirma detalles con la oficina de ERO que lleva el caso.